Cuando fallece un familiar hay que informar a la Seguridad Social lo antes posible, aunque la tecnología es predominante en nuestro tiempo, no es posible denunciar el fallecimiento a la Seguridad Social a través de Internet.
Informar la muerte de un miembro de la familia al Seguro Social es gratis y no es necesario hacer una cita con anticipación para reunirse con un funcionario del Seguro Social.
Muchas personas desconocen que el Seguro Social brinda beneficios en caso de fallecimiento de un miembro de la familia, también conocidos como o llamados beneficios para sobrevivientes, que consisten en recibir dinero extra.
Muchos de estos beneficios proporcionados por el Seguro Social no son retroactivos, por lo que si no los solicita de inmediato, corre el riesgo de perder su derecho.
Procedimientos en caso de fallecimiento de un ser querido
Normalmente, cuando un ser querido muere, la funeraria responsable, junto con el número de seguro social y la identidad, les informa de la muerte de nuestro ser querido.
A pesar de todos los avances tecnológicos que existen, no se puede declarar en línea la muerte de una persona a la Seguridad Social.

Cuando un ser querido fallece y el Seguro Social ya está informado, pueden surgir 3 situaciones que son:
Prestaciones de la seguridad social en caso de fallecimiento de un familiar
Cuando muere un miembro de la familia, el Seguro Social puede pagar beneficios a los sobrevivientes. Estos beneficios funcionan como un “seguro de vida” porque brindan ingresos a los sobrevivientes elegibles y pueden encontrarse en una situación incierta.
La cantidad de beneficio que puede recibir un sobreviviente por la muerte de un miembro de la familia se basa en el beneficio básico del trabajador, conocido como el monto del seguro primario, que generará ingresos adicionales.
El porcentaje del beneficio al que tienen derecho los sobrevivientes se determina por quién es el reclamante y la edad a la que se reclaman estos beneficios. El porcentaje se aplica luego al monto del seguro primario del trabajador fallecido.
Esto cambia en el caso de que el trabajador fallecido, nuestro familiar, ya esté recibiendo beneficios de jubilación anticipada. Los beneficios pueden variar entre el 65% y el 100%.

Es importante tener en cuenta que el Seguro Social impone un tope a las prestaciones por familia, entre el 150 y el 180% del monto del seguro primario del trabajador. Cuando se excede el límite, los beneficios individuales se reducen por igual.
¿Quién recibe los beneficios en caso de fallecimiento de un familiar?
Cuando fallece un miembro de la familia que recibió el seguro social, algunos miembros de la familia pueden reclamar beneficios, estos miembros serían:
● Cónyuge sobreviviente: debe tener más de 60 años para ser elegible, 50 si está discapacitado. La edad no es elegible si está cuidando a un niño menor de 16 años. Es importante que entre los cónyuges la unión dure al menos 9 meses.
● Excónyuge: El excónyuge aún puede tener derecho a beneficios cuando ha estado con la persona fallecida durante al menos 10 años.
La seguridad social paga los beneficios inmediatamente si el excónyuge está criando hijos del trabajador fallecido que son menores de 16 años o están discapacitados, en cuyo caso no se aplica el mínimo de 10 años de matrimonio.
● Hijos solteros: Los hijos deben ser solteros, menores de 18 años o hasta 19 años sin haber estudiado a tiempo completo. Los niños mayores de 18 años aún pueden presentar una solicitud si quedaron discapacitados antes de cumplir los 22 años.
● Padres: Los padres del fallecido también pueden reclamar beneficios si dependían económicamente de ellos. Deben tener 62 años de edad o más y es posible que no califiquen para un beneficio más alto en función de su propio historial laboral.
